Se promulgó la ley que brinda a las mujeres 150 días de licencia por maternidad. Esto fue publicado en el Boletín Oficial y gozan del beneficio los empleados que se desempeñen en la Administración Pública y en los poderes Legislativo, Judicial, y el Ministerio Público.

El Boletín Oficial publicó que se oficializó la ley que brinda 150 días de licencia por maternidad. Esto incluiría a  los empleados que se desempeñan en la Administración Pública y en los poderes Legislativo, Judicial, y el Ministerio Público.

El beneficio puede ser dividido en dos tramos de tiempo y aún se percibirá el sueldo. Por otra parte, el período anterior a la fecha probable de parto no podrá ser inferior a 30 días en los que la embarazada debe descansar.

Dado el caso de que haya habido un nacimiento pre-término, se acumulará al tramo posterior todo el lapso de licencia que no se hubiese tomado antes del parto. Por su parte, la licencia de paternidad de los empleados públicos, será de 20 días contados a partir del nacimiento del hijo.