El informe “Trata Laboral en Argentina” Del Ministerio Público Fiscal señala a Salta como una de las 5 provincias consideradas “zona de captación” para la explotación laboral. Es uno de los principales distritos después de centros urbanos como Buenos Aires y Córdoba. (Andrea Sz)

El informe “Trata laboral en Argentina. El tratamiento judicial de los casos en el fuero federal”, realizado por el Ministerio Publico Fiscal y la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX) señala que en los últimos cinco años se dictaron 292 autos de procesamiento por el delito de trata. Los mismos involucran a 760 imputados y a 1279 víctimas en todo el país. Marca además que el 72% corresponden a la trata con finalidad de explotación sexual y el 28% restante por explotación laboral (71 casos).

Salta es considerada una de los principales centros de captación para la explotación laboral junto a Santiago del Estero y otros países del norte como Bolivia. “El delito de trata tiene como característica el traslado territorial de las víctimas, lo que se vislumbra tanto en casos de trata internacional como trata interna. De los procesamientos analizados ello surge notoriamente, como así también que este desplazamiento tiene un sentido geográfico de norte-sur. Nótese que las principales zonas de captación resultan ser Bolivia, Paraguay, Perú, China y provincias del norte argentino como Salta y Santiago del Estero”, menciona el informe.

Durante 2014, la AFIP realizó en nuestra provincia numerosos allanamientos mediante los cuales se detectaron trabajadores explotados laboralmente. En varios de ellos se constató además trabajo infantil. Apenas iniciado febrero, un operativo del Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (ReNaTEA) encontraba a 17 trabajadores en un desmonte no autorizado en la localidad de Chicoana y se informaba que los alimentos destinados a estos trabajadores estaban en descomposición y a la intemperie.

En octubre del mismo año se desactivó el contrabando de cerca de 70 mil toneladas de caña de azúcar que se producían en la Finca El Algarrobito -ubicada en el departamento de General San Martín- la cual era enviada para su procesamiento en ingenios de Bolivia. En el lugar además de 60 ciudadanos bolivianos eran explotados, hasta niños de 8 años.

Según el informe citado, Salta no sólo es una provincia de captación sino que también es una de las 5 provincias donde la explotación laboral se concreta, ya que es la provincia en la que mayor cantidad de casos se encontraron después de Buenos Aires, Entre Ríos, Córdoba y Río Negro.

Negreros

El informe del PROTEX aclara que aunque no todo trabajo en negro y mal pago es una situación de servidumbre o práctica similar, sí refleja una ilegalidad para las normas laborales, y definir el límite entre ambos escenarios puede resultar tan difícil como imprescindible por las muy diferentes respuestas que estos dos escenarios conllevan. Para ello hay que analizar el salario cobrado por el trabajador presuntamente explotado y la extensión de la jornada laboral y si la paga efectivamente percibida por el trabajador es un 60% inferior a la que debería haber percibido. A este resultado se suma la verificación de una serie de elementos de contexto que caracterizan estas relaciones abusivas, por ejemplo, falta de una vivienda digna, alimentación adecuada, salud, educación, libertad ambulatoria, libertad de expresión y asociación, así como el esparcimiento y descanso adecuado.

Lo que sí se sabe a ciencia cierta es que la situación de vulnerabilidad de las victimas resulta ser en la mayoría de los casos (90%) la forma de aprovechamiento de los explotadores. “En casi la totalidad de los casos los explotadores se aprovecharon de las necesidades sociales, económicas, de desplazamiento territorial e inmigración, desempleo y familia monoparental y múltiple, etc. de otras personas, para lograr un beneficio económico indebido a costa de su trabajo esclavo. En un porcentaje altamente significativo (más del 50%) de los casos, los jueces han valorado el engaño como otra modalidad de sometimiento de las víctimas”, refleja el informe aclarando que el engaño no sólo se da durante las primeras etapas del delito (captación y transporte), sino que es un recurso también utilizado durante la etapa de explotación.

Otro de los datos que  brinda el relevamiento es el siguiente: mientras que en los casos de trata con fines de explotación sexual la mayoría de las víctimas son mujeres, en los casos de trata con finalidad laboral la mayoría son de sexo masculino. “En cuanto al género, un 34% son mujeres y el resto hombres, la edad promedio es inferior a los 30 años de edad”.

Sobre cuáles son las formas de captación más utilizadas, el trabajo indica que más del 57% de los casos fueron a través de ofertas laborales engañosas y en donde el engaño recayó mayormente en las condiciones de la actividad y no en la naturaleza de la actividad. En cuanto a esas promesas de empleo, predominan los ofrecimientos de trabajo en talleres textiles y establecimiento rurales, también en comercios y casas particulares.

Uno de los puntos sobre los que el informe llama la atención es la poca información que existe en lo referido al tipo de relación entre víctima y reclutador. Si bien se informa que en un 63% de los casos el contacto fue “personal” y el captador por lo general es conocido en ocasión del reclutamiento (30,7%), también se detectó un porcentaje nada despreciable de casos en donde el reclutador era familiar directo (9.8%) o familiar indirecto (5.4%) de la víctima. Pero en más del 45% de los casos no se detalló esta información. Sí se indica, en cambio, que en gran cantidad de casos la explotación se dio entre connacionales. “Los tratantes de nacionalidad boliviana por lo general esclavizaron a víctimas connacionales, los imputados argentinos explotaron mayormente a argentinos y los imputados de nacionalidad china hicieron lo mismo con víctimas de su nacionalidad”.

Otro de los datos que arroja el informe tiene que ver con que en un 45% de los casos, el engaño fue respecto a la “libertad ambulatoria en el lugar destino”. En varios casos los trabajadores manifestaron no tener llaves del lugar y de la imposibilidad de lo mismos para abandonar el lugar de trabajo si no era acompañados de otros compañeros o encargados. En estos casos las salidas se permiten un día especial en la semana y por tiempo limitado. No faltan los testimonios que denuncian el pago de multas por salir un día de trabajo a recibir atención médica o por alguna otra necesidad.

Aunque estos casos son diferentes a aquellos en los que existe privación completa, cuando la víctima directamente no tiene posibilidades de salir, también son una modalidad de sometimiento muy representativa de los casos de explotación laboral.

Imputados

 

  • El 80% de los imputados es de origen extranjero, mientras que para la generalidad de los delitos, sólo el 20% es de otra nacionalidad.
  • La edad promedio de los imputados por el delito de trata laboral es de 39 años de edad, más elevada que para la media de los delitos violentos o “de calle”.
  • Los imputados por el delito de trata laboral son, al igual que en el caso de trata sexual, en un 60% hom­bres y en un 40% mujeres.

 

Traslado

 

  • En el 99% de los casos el traslado de los trabajadores fue por vía terrestre y en un importante porcentaje cercano al 50% se realizó en empresas de transporte de pasajeros.
  • Otra particularidad de la modalidad de trata laboral es que el traslado se produjo en gran medida acompañado por alguno de los reclutadores, a diferencia de lo que sucedía en los casos de explotación sexual. En muy pocos casos las víctimas se trasladaron solas.