Quieren prohibir la libertad condicional para delitos graves. Se aplicaría también a todas las reincidencias. Cuáles son las otras modificaciones.

Casi un año después de que Mauricio Macri creara la comisión redactora, el Gobierno ya tiene listo el anteproyecto de reforma del Código Penal, que -entre muchos cambios trascedentes- endurece penas para la mayoría de delitos y limita el beneficio de la libertad condicional y el margen de interpretación de los jueces.

El borrador que la comisión presidida por el juez de la Cámara de Casación Penal Mariano Borinsky le giró al ministro de Justicia, Germán Garavano, al cabo de casi cincuenta reuniones plenarias en las que, además de actualizar el vigente, tuvo que reunir en un solo texto los más de 900 parches que sufrió en casi un siglo -data de 1921- con las leyes modificatorias.

Entre tantos cambios, la comisión se enfocó en evitar uno de los reclamos de la sociedad en torno a la Justicia: la discrecionalidad. «No puede ser que ante un homicidio simple (tiene una pena de 8 a 25 años de prisión) haya un juez que crea que son 9 años de cárcel y otro que diga que son 13», graficaban en Justicia. Ahora, el margen quedará acotado, a partir de pautas precisas que se incorporan para fijar las escalas penales. Por caso, en el inciso 4 del artículo 40 del texto, se precisan las «circunstancias especialmente agravantes» para que se tengan «en consideración el tercio superior de la escala penal». Entre otros, figuran la vulnerabilidad de la víctima, motivaciones de odio racial, religioso o político, discriminación y casos de violencia de género, o la utilización de medios como armas de fuego.

También se reduce el beneficio de la libertad condicional. Además de los reincidentes, no podrán salir antes de cumplir la pena, los condenados por homicidio doloso, secuestro extorsivo, trata de personas, tortura, desaparición forzada de personas, terrorismo y por agresión sexual.

Para el caso de los agresores sexuales, además, se incorpora un sistema novedoso, ya habitual en otros países: la aplicación de un “seguimiento socio judicial” una vez cumplida la condena, consistente en tratamientos de rehabilitación y medidas de vigilancia electrónica, que puede prolongarse hasta un máximo de 10 años.

La intención de la Casa Rosada es que Macri presente el proyecto en el Congreso el 1 de marzo, cuando inaugure las sesiones ordinarias, y fuera de un contexto electoral confían en someterlo a debate a partir de abril. Afirman que el texto reúne muchas de las propuestas que se volcaron en las mesas de trabajo que se realizaron durante 2017. «Se tomó en cuenta el trabajo de las 17 comisiones que en el pasado trabajaron para reformar el Código Penal, además de los proyectos presentados en los últimos años -como el de Sergio Massa y el de Eugenio Zaffaroni- y la voz de las provincias ONGs y universidades», resaltaron desde la comisión.

El cuerpo redactor estuvo integrado por juristas de diversas vertientes, como el camarista, Carlos Mahiques; la jueza Patricia Marcela Llerena; el titular de la Federación Argentina de la Magistratura, Víctor María Vélez; el procurador de Salta, Pablo López Viñals; el juez de tribunal oral Guillermo Jorge Yacobucci; la jueza Patricia Susana Ziffer, el fiscal Pablo Turano y el abogado Fernando Córdoba.

En tanto, por el Ejecutivo, en representación del Ministerio de Justicia intervino el director de Política Criminal, Carlos González Guerra, mientras que también participaron Guillermo Soares Gache (Seguridad) y Yael Bendel (Desarrollo Social).

En un contexto en el que hay decenas de causas por corrupción contra ex funcionarios K, la comisión abordó el tema. Actualmente tiene penas muy bajas y excarcelables: el enriquecimiento ilícito, el cohecho, las negociaciones incompatibles (1 a 6 años de prisión) y la malversación de caudales públicos (1 mes a 3 años). Ahora, en el capítulo VI, se tipifican los “Delitos de corrupción cometidos por funcionarios públicos», con una pena de 3 a diez años, que se elevará a cuatro y doce años, respectivamente, en el caso de que el autor fuera el Presidente o funcionarios de primera línea.

Por otro lado, para reforzar el combate del narcotráfico, se eleva la pena en caso de que el delito fuera cometido en el marco de una organización internacional: la pena será prisión perpetua.

El anteproyecto, que la comisión le presentará formalmente durante febrero a los diputados y senadores, también introduce cambios en delitos con alta sensibilidad social. Uno de ellos es el de los homicidios culposos por delitos viales. El texto incorpora causales para agravar la pena -de 5 a 10 años- y que el delito no sea excarcelable.

El otro tema espinoso es el del aborto, un debate que atraviesa todos los espacios políticos. Con el tema de fondo pendiente, por primera vez, en el Código Penal se dejará precisado que no será punible si el embarazo proviene de un abuso sexual.

En estos casos, los cambios serán los siguientes:

Aborto

Se precisará que el aborto “no será punible” para todos los casos en que provenga de un abuso sexual. Ahora el Código sólo lo admite si la mujer es “idiota o demente”. Se barajó incluir los casos practicados “dentro de las doce semanas desde la fecha presuntiva de la concepción”, cualquiera fuera el motivo, pero no prosperó.

Delitos viales

Endurecerán penas para los homicidios culposos. El mínimo se elevará a 1 a 2 años de prisión cuando fueran más de una las víctimas fatales. Y la pena será de 5 a 10 años cuando el conductor se diera a la fuga, estuviese drogado o alcoholizado, condujera a alta velocidad, participara de picadas o violara un semáforo en rojo.

Narcotráfico

Habrá penas más duras. Se dispone que “será reprimido con prisión perpetua” si los actos de tráfico de drogas se cometen “en el marco de una organización internacional”. Incorpora un punto clave contra el crimen organizado: el decomiso anticipado de bienes y activos que hayan servido de instrumento o medio en la comisión del delito.

Corrupción

​Se elevan las penas si el involucrado fuera el Presidente, ministros, gobernadores o legisladores (iría de 4 a 12 años de prisión). El delito de enriquecimiento ilícito se extiende hasta 6 años después del cese en el cargo (el plazo llega ahora apenas a 2 años). También se agrega la figura del testaferro, con una pena similar.

Fuente: Clarín