La Corte anuló la prórroga de prisión preventiva decidida por los tres jueces de la Cámara Penal N° 3 en la sentencia del 19 de abril de este año, que la condenó a 8 años de prisión por un aborto espontáneo. 

La Corte tucumana en su sentencia sobre el cese de prisión preventiva consideró que no se constataron los requisitos de riesgo procesal.

Asimismo , el Alto Tribunal señaló que la gravedad de la condena (aún en revisión) no es fundamento para el encarcelamiento preventivo. Por último, la Corte confirma en su sentencia que la cámara penal resolvió de manera oficiosa la medida de prórroga de la preventiva que pesa sobre Belén. Es decir que no hubo pedido del fiscal de cámara. Todo esto ratifica lo argumentado por la defensa de Belén a cargo de la abogada Soledad Deza.

Belén llegó al Hospital Avellaneda en San Miguel de Tucumán. Tenía una hemorragia vaginal y apenas podía caminar. Aunque el médico dio el diagnóstico de «aborto espontáneo», la versión que la paciente dio fue otra: no sabía que estaba embarazada y tuvo un aborto natural, es decir, una gestación que terminó prematuramente en la cual el embrión no logró sobrevivir.

El proceso judicial estuvo plagado de irregularidades y hasta de falsas pruebas que provocaron un enorme movilización por parte de organizaciones de distintos tipos que pedían la libertad de la joven. Por esa misma razón, desde Amnistía Internacional hasta un grupo de artistas, periodistas y políticos, pidieron su liberación en un spot bajo la consigna #LibertadParaBelén.

La ONG internacional basó su reclamo en la violación del secreto profesional. «Se violó el secreto médico-paciente y el debido proceso», explicó Soledad Deza, abogada de Belén al poco tiempo de su detención.

Belén usa un nombre ficticio para preservar su identidad. El reclamo es contra la Sala III de la Cámara Penal de Tucumán, que fue la que condenó a Belén a ocho años.