Un hombre fue condenado a dos años de prisión condicional por haber amenazado a su ex pareja en dos oportunidades. Deberá abstenerse de asistir al domicilio de la mujer y cumplir reglas de conducta. 

El juez Ángel Amadeo Longarte, vocal de la Sala II del Tribunal de Juicio, condenó en proceso abreviado a René Cristóbal Ninaja a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional por resultar autor material y penalmente responsable de los delitos de amenazas reiteradas (dos hechos) y desobediencia judicial, todo en concurso real.
El juez ordenó la inmediata libertad del imputado y le impuso las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: abstenerse de concurrir al domicilio de la denunciante y a los lugares que ella frecuente; abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; someterse a una entrevista psicológica a fin de evaluar la necesidad de realización de un tratamiento; adoptar oficio, arte, industria o profesión adecuada a su capacidad.
Todo ello bajo apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta.
Ninaja fue denunciado por su expareja, por dos hechos ocurridos el 25 de enero de 2015 y el 5 de diciembre de 2015. En ambos casos, el acusado se presentó en la casa de la denunciante exigiéndole que se retirara de la vivienda y profiriendo amenazas.