LA AFIP dispuso que las propinas se podrán pagar con tarjetas de débito y crédito, y eximió a los comerciantes de pagar Ganancias e IVA por ese concepto.

A través de una resolución general publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el ente recaudador señaló que «se han planteado inquietudes respecto a los conceptos comprendidos en la base de cálculo de la retención (de IVA y Ganancias)».

Eso -según la AFIP- sucede «teniendo en cuenta que en los últimos tiempos devino una práctica habitual que los compradores, locatarios o prestatarios de determinados servicios soliciten adicionar a los consumos abonados con tarjetas, las sumas dadas en concepto de propinas, recompensas, gratificaciones o similares, como muestra de satisfacción por la atención brindada».

Según el texto oficial, «a efectos de determinar el precio neto a pagar, corresponderá deducir del pago efectuado mediante tarjetas el importe adicionado voluntariamente por el comprador, locatario o prestatario del servicio, en agradecimiento por la atención brindada por el personal dependiente del sujeto pasivo de la retención (propinas, recompensas, gratificaciones o similares».

Esa deducción, de acuerdo con lo dispuesto, no podrá superar el 15% del importe facturado por la operación que le dio origen.