Cómo es el proyecto de reforma tributaria que va al Congreso. Incluye impuesto a renta financiera y bebidas. Se espera que se apruebe antes de fin de año en sesiones extraordinarias.

El proyecto de reforma tributaria ingresará en las próximas horas a la Cámara de Diputados, confirmaron fuentes oficiales. La iniciativa presentada por el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, tras las elecciones llegará al palacio legislativo como estaba programado y se espera que se apruebe antes de fin de año en sesiones extraordinarias.

El texto tiene 220 páginas con 12 capítulos en donde se confirma el impuesto a las gaseosas azucaradas, cambios en Ganancias, en el IVA, seguridad social y otros impuestos como a los combustibles y el tabaco. Además incluye modificaciones al régimen penal tributario.

El texto que se presentó en el Ministerio de Hacienda a horas de la victoria del Cambiemos a nivel nacional sufrió varias modificaciones. Luego de las quejas de las provincias se dieron de baja los impuestos a los vinos y espumantes y aún se negocia por fondos con los mandatarios provinciales, por caso. Aunque hubo varias críticas de los empresarios de las gaseosas se mantuvieron los gravámenes a las bebidas azucaradas.

Si bien la impositiva es la primera reforma, no será el único proyecto que se tratará en extraordinarias. También se espera que el acuerdo con las provincias termine de cerrarse esta misma semana y que la modificación al cálculo previsional de pago a jubilados ya para 2018 también ingrese en debate parlamentario. Todas estas reformas, más la laboral que dependerá de la velocidad de las discusiones con la CGT, son las partes del mecano con que el Gobierno quiere modificar la realidad económica y fiscal de los próximos dos años de gestión, sobre la base de una reducción del déficit fiscal para que llegue a 3,2% en 2018.

Entre las principales modificaciones se destacan:

La tasa Corporativa pasará del 35% al 25% sobre las utilidades no distribuidas y la implementación será de 30% para 2018 y 2019 y de 25% desde 2020 a 2022. Además se aplicará un impuesto adicional para completar el 35% de carga sobre los dividendos o utilidades distribuidas.

En tanto, habrá un aumento de la deducción especial en trabajadores autónomos, duplicando el valor actual.

En el texto, al igual que se había anunciado, se propone gravar, con una tasa del 15% para activos en moneda extranjera o indexados, y del 5% para activos en moneda local, diversos rendimientos financieros actualmente exentos para las personas humanas residentes en el país, así como las ganancias de capital provenientes de acciones (cuando no coticen en bolsa), y valores similares, cuotas y participaciones sociales – incluidas cuotapartes de FCI, monedas digitales, títulos, bonos y demás valores.

El dato es que el impuesto se aplicará una vez descontado un Mínimo no Imponible (MNI) actualizable de aprox. $65.700, cabe recordar que antes se había dicho que rondaría los $ 52.000.

En tanto se establecerá la inaplicabilidad de disposiciones que establecen tratamientos preferenciales para ciertos grupos de trabajadores.

En el proyecto confirma el graven a las bebidas azucaradas. «Están gravados por un impuesto interno del diecisiete por ciento (17%), en tanto contengan azúcares libres añadidos», cita el articulo 26 y se excluye «los vinos, los espumantes las sidras y las cervezas».

Están contempladas bebidas analcohólicas, gasificadas o no, incluso aquellas con cafeína y taurina suplementadas o no. Los jugos frutales y vegetales, jarabes para refrescos, extractos y concentrados que por su preparación, las aguas minerales aromatizadas o saborizadas y los jarabes, extractos y concentrados, destinados a la preparación de bebidas sin alcohol.

Se propone un régimen de devolución del Crédito Fiscal para las empresas que hayan realizado inversiones y no lo hayan recuperado en un lapso de 6 meses. Se incorpora a las prestaciones on line como sujetos del tributo, bajo este aspecto tendrán IVA: Netflix, Spotify, pero también, diarios, blogs, juegos en línea entre otros.

Se establece un mínimo no imponible (MNI) de $12.000 de salario bruto para las contribuciones patronales, según el siguiente cronograma: $ 2400 para 2018, $4.800 para 2019, $ 7.200 para 2020, $9.600 para 2021 y $ 12.000 para después de 2022. Se unifican las alícuotas de contribuciones patronales en 19,5% en el año 2022.

Se elimina el costo del impuesto, incrementando progresivamente el pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias.

Se elimina el ITI y se introduce un impuesto a la ganancia de capital por la venta de inmuebles -excepto casa-habitación- con una alícuota reducida del 15%. Cabe aclarar que regirá solo para la compra de inmuebles posterior a la sanción de la ley.

En principio se simplificarán tres leyes en una sola. Intentarán pasar a ser dos montos de suma fija (uno de ellos por emisiones de CO2 y el otro establecido de forma tal que no altere la carga tributaria actual).

Se respetarán los pagos a cuenta, reducciones por zona geográfica, exenciones y asignaciones específicas de recursos actuales. Los nuevos productos gravados por emisiones de CO2 comenzarán a tributar gradualmente a partir del año 2020 y por el término de 8 años de manera que recién en el año 2028 estarán gravados totalmente.

Fuente: Ámbito