“La ley fue sancionada en 1977 cuando se creía que el varón era el que proveía y eso por suerte cambió en el transcurso del tiempo”, señaló el  titular del INADI Salta, Álvaro Ulloa.

Los concejales que integran la Comisión de Derechos Humanos y Garantías Constitucionales, recibieron al delegado de INADI Salta, Álvaro Ulloa.

La invitación se realizó en virtud a una nota presentada por el organismo y dos Proyectos de Declaración elaborados por concejales en relación al inciso e) del Artículo 2 de la Ley Nº 5136 -Instructivo para la percepción de asignaciones familiares. En cuyo texto se dispone otorgar el beneficio por cónyuge a las mujeres cuando el mismo se encuentra incapacitado en forma total y no percibe ningún tipo de ingreso previsional. Siendo que para el hombre dicha asignación se otorga por esposa legitima, aunque ésta trabaje en relación de dependencia en el sector público o privado.

Los Proyectos de Declaración fueron redactados por los concejales Alberto Castillo (PRO) y Rosa Herrera (PPS) que requieren a la Legislatura Provincial que modifique el inciso e) del Artículo 2 de la Ley Nº 5136- Instructivo para la percepción de asignaciones familiares. Al respecto, la presidenta de la Comisión, Jacqueline Cobo (MMS), señaló: “El motivo de la reunión es comenzar a trabajar en el tema con todos los actores involucrados, para que veamos cuál es la mejor manera de accionar dentro de nuestra competencia y para canalizar a otros actores”.

Al tomar la palabra Álvaro Ulloa se refirió a la normativa provincial mencionada, indicando que “la ley fue sancionada en 1977 cuando se creía que el varón era el que proveía y eso por suerte cambió en el transcurso del tiempo”. En su alocución también consideró que el texto debería “contemplar el matrimonio igualitario”. En otro momento, el titular del INADI hizo referencia a la redacción de la Ley 4441 de la Provincia de Jujuy en la cual se establece que “La asignación por “cónyuge” se reconoce al agente que estuviere unido en matrimonio conforme a las leyes argentinas o extranjeras reconocidas por el derecho nacional”.