El próximo viernes 4 de diciembre, el juez federal de Orán, Raúl Reynoso, deberá declarar ante la comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratura. Se le imputan siete cargos, además de los ya conocidos por coimas. 

El juez federal de Orán, Raúl Reynoso, está cada vez más cuestionado. Después de que se lo acusara de cobrar coimas para liberar a narcotraficantes, recibió una nueva citación, esta vez para declarar en otros siete cargos.

Este viernes 4 de diciembre a las 11 horas, Reynoso deberá declarar ante la comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratura. La sesión extraordinaria realizada el jueves 19 de noviembre en el Consejo de la Magistratura decidió por unanimidad citar a Reynoso a prestar declaración en los términos del artículo 20 del Reglamento de la Comisión de Disciplina y Acusación, en el expediente N°121/2015, caratulado “Mazzutti, David Ramón c/Dr. Reynoso, Raúl Juan (Juez Federal de San Ramón de la Nueva Orán)”.

La página oficial de ese organismo judicial detalló que el expediente se inició a raíz de la denuncia formulada por el señor David Ramón Mazzutti contra el doctor Raúl Juan Reynoso, “en la que le imputó atropellos e ilegalidades a sus derechos constitucionales al ordenar y hacer efectiva su detención desde el 24 de diciembre de 2014 y por más de veinte días, sin requerimiento ni intervención del fiscal y sin ser anoticiado de los motivos por los cuales se lo privó de su libertad. El denunciante ante el consejo, imputó al magistrado otras irregularidades en la que habría incurrido al disponer medidas investigativas entre las que se encuentran haber ordenado su seguimiento, vistas fotográficas y agregar al expediente notas suscriptas por empleados judiciales del tribunal. El denunciante reprocha al juez, haber ordenado su detención en un expediente que caratuló como: ‘Autores a establecer s/averiguación de delito’ y que luego de haber interpuesto un hábeas corpus de fecha 29 de diciembre de 2014, el juez dispuso ‘recaratular las presentes actuaciones por la de Mazzutti, David Ramón s/Amenaza calificada, supuesto ejercicio ilegal de la abogacía y/o usurpación de títulos u honores y lesiones’. Tras reiterados pedidos de libertad, el magistrado se inhibió de seguir entendiendo en el expediente, motivo por el cual continuó con su trámite el juez doctor Julio Bavio quien declaró la nulidad de todo lo actuado y dispuso su inmediata libertad”.

Los cargos que le imputan al juez oranense son los siguientes:

1) Haber instruido el expediente penal F.S.A. n° 26/2015 sin intervención ni impulso del Ministerio Público Fiscal, máxime cuando se trataba de un supuesto de denuncia, violando de ese modo las prescripciones del artículo 180 y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación.

2) Haber privado ilegalmente de la libertad a David Ramón Mazzutti desde el día 24 de diciembre de 2014 hasta el día 29 de diciembre de ese mismo año, momento en el cual perdió jurisdicción al inhibirse de seguir entendiendo en el expediente n° 19.442/2014 (F.S.A. n° 26/2015) el 27 de diciembre y desde esa fecha hasta que remitió el expediente a la Cámara para que se continuara con la investigación, lo que ocurrió el 5 de enero de 2015; como así también haber violado las garantías constitucionales que le asisten a toda persona sometida a un proceso penal.

3) Haber tramitado una investigación penal desentendiéndose de un supuesto de excusación cual es ser la supuesta víctima de los hechos que allí se investigaba, según lo normado en los artículos 55, inciso 4°, 56 y 57 del Código Procesal Penal de la Nación.

4) Demorar injustificadamente, una vez apartado de la causa, la intervención del nuevo magistrado en el marco del expediente penal n° 19.442/2014 (F.S.A. n° 26/2015), como así también en la causa n° 3/2015 (n° 23/2015) que se inició con motivo del hábeas corpus presentado en favor del imputado Mazzutti.

5) Haber tomado intervención y tramitado, hasta el punto de ordenar una citación a prestar declaración indagatoria a la doctora María Cecilia Barba, en la que conforme las constancias existentes desde su origen, el juez Reynoso resultaba sindicado como posible autor o partícipe de los delitos denunciados por el detenido Alfio Massimo Fichera, excusándose recién cuatro años después.

6) Haber ordenado la producción de medidas de prueba sin impulso fiscal que fueron producidas a su instancia sin la observancia de las formas que establece el Código Procesal Penal de la Nación; tales como los informes de los empleados y funcionarios del Juzgado Federal de San Ramón de la Nueva Orán, de acuerdo al siguiente detalle: el empleado Gabriel Valdez; el empleado de mesa de entradas, Jorge Ramón Guzmán; el oficial Ramón Enrique Maita; el Secretario, doctor Gustavo José Adad y el auxiliar Elio Rubén Garrido.

7) Haber dispuesto la intervención de fuerzas de seguridad federales, específicamente de Gendarmería Nacional en tareas de inteligencia para fines prohibidos con el consecuente dispendio de recursos y distracción de las tareas de seguridad que le son propias. Así, dispuso la realización de tareas investigativas destinadas a la individualización de la pareja de la doctora María Cecilia Barba y todas las circunstancias de interés para ese expediente, con relación al hecho ocurrido el 16 de diciembre de 2014 en su domicilio particular.

Jurídicamente hasta las manos

Ayer, los medios nacionales se hacían eco del pedido de los fiscales Diego Iglesias y Eduardo Villalba, para quienes ya no hay dudas de que Raúl Reynoso y otros siete sospechosos formaban parte de una banda que liberaba narcos a cambios de dinero.

Iglesias y Villalba, representantes del Ministerio Público, resaltan que Reynoso, a cargo de la frontera caliente del contrabando, dirigía y coordinaba una asociación ilícita que entre otros delitos liberaba a presuntos narcotraficantes a cambio de importantes sumas de dinero y bienes. La Nación informó que el juez federal Julio Bavio recibió el pedido de procesamiento de Reynoso y de otros siete sospechosos, entre los que figuran abogados y funcionarios y empleados judiciales.

En la presentación, Iglesias, a cargo de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar), y Villalba pidieron la prisión preventiva de Reynoso, decisión que no podrá hacerse efectiva hasta que el juez federal de Orán pierda los fueros que tiene como magistrado. “Reynoso dirigía y coordinaba la asociación de carácter estable, con soporte estructural, división de roles, regulación interna de las facetas de organización, liderazgo, con la capacidad para articular acciones de modo de sostener el desarrollo de la actividad ilícita”, se afirmó en el dictamen,al que tuvo acceso La Nación.

“Ha quedado cabalmente demostrado que el juez federal de Orán, abusando de su cargo y valiéndose del carácter intimidatorio de su figura de único magistrado actuante en materia de narcotráfico con competencia a lo largo de 700 kilómetros de frontera con la República de Bolivia, construyó una figura con amplio poder intimidatorio sobre las personas por él detenidas o privadas de su libertad en causas en infracción a la ley 23.737 [de estupefacientes], exigiendo a éstos y/o terceros la entrega de contribuciones dinerarias para mejorar su situación procesal”, afirmaron los fiscales Iglesias y Villalba.